El Partido Popular de Olivenza, a la luz de la conversación grabada por el ex empleado del Ayuntamiento de Olivenza y actual alcalde del PP en Táliga, David Fernández, cuyo despido ha sido declarado improcedente por el TSJEx, grabación que ha sido difundida por algunos medios de comunicación, pide la dimisión de Manuel J. González como primer edil oliventino.
David Fernández había sido Agente de Empleo y Desarrollo Local en la localidad durante más de 7 años. Nos vemos obligados a solicitar a Manuel J. González su inmediata dimisión del puesto de Alcalde por haber apartado injustamente de su puesto de trabajo a un empleado por su ideología política.
Todo lo que dice y el tono utilizado por el actual Alcalde socialista ponen de manifiesto su incapacidad para gobernar apropiadamente nuestro municipio, al dejar bien claro toda clase de artimañas de cuestionable moralidad a las que es capaz de llegar con el fin de lograr sus objetivos: la intimidación al trabajador, la búsqueda entre sus cosas personales sin consentimiento y a escondidas, las amenazas proferidas para evitar que tales hechos salgan a la luz, … son cosas que no pueden consentirse en los tiempos que vivimos.
Por si fuera poco, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura declara el despido como improcedente y condena en firme al Ayuntamiento de Olivenza, y por lo tanto a todos los oliventinos, a pagar las costas del juicio y a indemnizar a David Fernández con 16.000 €, además de perder la subvención de 50.000 € aproximadamente para ese puesto de trabajo y sumándolo a lo de otra compañera, que también les denunció y que sí fue readmitida.
Desde nuestro grupo solicitaremos a los sindicatos su opinión ante tales pruebas de lo acontecido en nuestra localidad.
Con respecto a la grabación a la que hemos tenido acceso, a través de esta publicación: http://gaceta.es/noticias/alcalde-socialista-olivenza-alcalde-pp-taliga-david-fernandez-manuel-gonzalez-andrade-persecucion-05102016-2012 , cabe decir que la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil reconoce en su artículo 299.2, como medios de prueba válidos los medios de reproducción de la imagen y el sonido. Dicha grabación no se tuvo en cuenta en el juicio porque se presentó en segunda instancia y no en primera como debería haberse realizado.
El PP Olivenza solicita la dimisión del Alcalde por el contenido de la grabación de su conversación con un ex empleado cuyo despido ha sido declarado improcedente
